A medida que avanzan las semanas, se va conociendo parte del contenido de la futura Ley del Juego que pretende acabar con el vacío legal de esta materia en España. La Creación de una Agencia Estatal, la determinación del reparto fiscal, prohibición taxativa de apuestas de los deportistas…son algunas de las materias contenidas en el Proyecto de Ley del Juego Online.
La novedad de la nueva normativa es la definición actualizada de lo que debe entenderse por actividades del juego y apuestas que puede definirse como “aquellas en las que se arriesgan entre partes, a ganar o perder, cantidades de dinero u objetos económicamente evaluables, sobre el resultado de un acontecimiento incierto, ya intervenga la habilidad o destreza de los participantes o exclusivamente la suerte o el azar, ya se produzca el resultado mediante la utilización de aparatos automáticos, de redes electrónicas o telemáticas, o con la única intervención de la actividad humana.”
Las bases de la nueva normativa ya están creadas, sin embargo, queda mucho camino por recorrer todavía para aprobarse de forma definitiva el nuevo texto normativo. En este sentido, se manifiesta Laura Guillot, responsable de comunicación de AEDAPI (Asociación Española de Apostantes por Internet), en una entrevista publicada en ConsejosdeApuestas.com quien afirma que “No confío en absoluto que el año próximo se haga realidad un proyecto de ley de ámbito nacional de ley de juego online”, además, establece “hay mucho intereses contrapuestos que hace que se ralentice una ley de juego online”.
CONTENIDO LEY DEL JUEGO ESPAÑA:
La Secretaría de Estado de Hacienda, dependiente del Ministerio de Elena Salgado, está teniendo un papel fundamental dentro del proceso regulador y ha sido la encargada de realizar el documento 'Regulación del juego. Visión general' donde se recogen los elementos generales de la política que quiere desarrollarse en el ámbito del Juego Online.
La normativa estatal estará dirigida a todo el territorio del Estado o al que afecte a más de una comunidad y tendrá un contenido muy amplio para poder respetar las competencias de las Comunidades Autónomas.
Las líneas maestras de la nueva regulación y que supone el contenido más importante del proyecto de Ley recogido en dicho documento, que recientemente ha sido publicado por los periódicos El Mundo y Cinco Días, es el siguiente:
- Lo que no está permitido, está prohibido: Debe considerarse como uno de los principios fundamentales del proyecto de ley. A través de este principio, cualquier modalidad de juego no autorizada estará prohibida, se pretende evitar que aquellas formas de apuestas o de juegos que vayan surgiendo estén al margen de la legalidad.
- Creación Agencia Estatal: Este nuevo órgano será el encargado de regular el mercado, y por tanto, controlará a las empresas del juego. Alguna de sus funciones serán: convocar los concursos, otorgar los títulos habilitantes, homologar los sistemas técnicos empleados, resolver las reclamaciones de los participantes contra los operadores…
De especial consideración es el hecho de que esta Agencia Estatal tendrá, incluso, potestad sancionadora y capacidad para tomar medidas preventivas sobre el juego ilegal.
- Personas impedidas para apostar: Se prohibirá taxativamente jugar a los menores o incapacitados, quienes hayan solicitado quedar excluidos, así como directivos y accionistas de los organizadores y familiares directos.
Para evitar los últimos casos de amaño de partidos, en España se está investigando el partido U.D. Las Palmas-Rayo Vallecano de la Jornada 42 de la temporada 2008-2009, tampoco podrán apostar aquellas personas relacionadas con el desarrollo de las actividades deportivas en que se basen apuestas, es decir, los deportistas profesionales.
Las casas de apuestas serán las encargadas de controlar que estas personas no realicen apuestas si legalmente están impedidos para ello; en este sentido, incurrirán en responsabilidad, por ejemplo, si no establecen medios eficaces para impedir que un menor de edad se registre, realice un ingreso y apueste a un evento deportivo.
- Otorgamiento de Licencias: Los elementos fundamentales que regirán el procedimiento para el otorgamiento de las Licencias son los siguientes:
A) Se exigirá que el operador sea una empresa de España o de la Unión Europea, además de contar con un establecimiento permanente en nuestro país
B) Debe haber depositado la fianza que haya sido exigida.
C) Se entenderá denegada la solicitud si transcurridos 3 meses no se recibe autorización expresa. Esta modalidad se conoce como “Silencio Administrativo Negativo”.
- Publicidad Casas de Apuestas: Sólo podrán hacer publicidad las casas de apuestas o juego habilitadas que obtengan la autorización de la Agencia Estatal, órgano que creará el Gobierno. Asimismo, para los casos que se estimen oportunos, también podrá exigirse el permiso de la Comunidad Autónoma de turno.
Cada modalidad de juego requerirá de una licencia singular de explotación cuyo procedimiento estará garantizado por su transparencia. En definitiva, Únicamente existirá publicidad de aquellos operadores que estén actuando legalmente en el Mercado.
- Reparto Fiscal: Uno de los objetivos fundamentales que se desea alcanzar, no sólo es regular una materia que no ha tenido cabida en nuestro sistema legal hasta ahora, sino también poder recaudar los ingresos de un mercado que tanto dinero ha movido, mueve y moverá los próximos años.
Aunque no se ha concretado el modelo que se utilizará para determinar el reparto fiscal y así poder alcanzar las aspiraciones recaudatorias de las comunidades, una de las posibles soluciones pasaría por entregar a la Hacienda autonómica la parte proporcional de impuestos que corresponda a los ingresos que se vayan generando en dicha comunidad.
100 millones de euros podría ingresar, previsiblemente, la Hacienda pública a través de las apuestas online.
- Faltas y Sanciones: Sin concretar todas las faltas que se considerarán como tal con la nueva regulación, debe tenerse en cuenta que:
A) Se considerará como infracciones muy graves la realización o promoción del juego ilegal, la manipulación de los sistemas técnicos, la realización de préstamos a participantes, la manipulación de los resultados o facilitar soporte técnico a operadores no autorizados.
B) Se considerará como infracciones graves la falta de colaboración con la inspección, hacer publicidad no autorizada o la falta de información a los participantes, así como la no tramitación de sus reclamaciones.
INFORMACION COMPLEMENTARIA:
- España tendrá una regulación como ya la tienen países como Reino Unido o Italia.
- 100 millones de euros podría ingresar, previsiblemente, la Hacienda pública a través de las apuestas online.
- Hasta que no se termine de regular el juego online, el crecimiento económico del mercado no se traducirá en ingresos fiscales para las arcas estatales y autonómicas.
- Las casas de apuestas estarán obligadas por ley abonar impuestos al gobierno español.
Artículo realizado por Sergio Aguilar Reyes (Abogado)
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