«Libre prestación de servicios – Libertad de establecimiento – Normativa nacional que establece un régimen de concesiones para la explotación de los juegos de azar en los casinos – Obtención de las concesiones reservada únicamente a las sociedades anónimas establecidas en el territorio nacional – Otorgamiento de la totalidad de las concesiones al margen de licitación alguna».
En el asunto C 64/08, que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 234 CE, por el Landesgericht Linz (Austria), mediante resolución de 23 de enero de 2008, recibida en el Tribunal de Justicia el 19 de febrero de 2008, en el procedimiento penal contra Ernst Engelmann.
Marco Jurídico:
Los juegos de azar están regulados en Austria por la Ley federal de juegos de azar (Glücksspielgesetz), según su versión publicada en el Bundesgesetzblatt für die Republik Österreich 620/1989 (en lo sucesivo, «GSpG»). En lo que respecta al objetivo de regulación de los juegos de azar, la parte general de las notas explicativas de la GSpG expone que, idealmente, una prohibición total de los juegos de azar sería la regulación más juiciosa, pero que, habida cuenta del hecho bien sabido de que la pasión por el juego parece sin embargo inherente al hombre, es mucho más juicioso canalizar esta pasión en interés del individuo y de la sociedad. La citada parte general precisa que, de este modo, se consiguen dos objetivos, a saber, se previene que los juegos de azar se desvíen a la ilegalidad, como puede observarse en los Estados que prohíben totalmente dichos juegos, y al mismo tiempo se permite que el Estado conserve la posibilidad de supervisar los juegos de azar explotados sobre una base legal, supervisión que debe tener como principal objetivo la protección del jugador.
Litigio principal y cuestiones prejudiciales:
La Österreichische Lotterien GmbH (en lo sucesivo, «Österreichische Lotterien») es una sociedad de Derecho privado de responsabilidad limitada. En virtud de una resolución del Ministro Federal de Hacienda de 16 de marzo de 1995, obtuvo la concesión única para la organización de las loterías en Austria desde el 1 de diciembre de 1994 hasta el 31 de diciembre de 2004. Después del establecimiento de las «loterías electrónicas» mediante la introducción, en 1997, del artículo 12 bis en la GSpG, la concesión de dicha sociedad se amplió a ese tipo de loterías y se prorrogó hasta 2012 mediante resolución del Ministro Federal de Hacienda de 2 de octubre de 1997. Dada la duración máxima de quince años autorizada por la Ley, la duración de la concesión se fijó del 1 de octubre de 1997 al 30 de septiembre de 2012.
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